Mantener normas de convivencia adecuadas entre animales y ciudadanos es tarea de todos

El Ayuntamiento de Haría recuerda la necesidad de una adecuada convivencia entre personas y animales en el municipio, como recoge la ordenanza municipal sobre protección, tenencia responsable y venta de animales, desde julio de 2016.

 

Y es que desde que se declaró el estado de alarma, el pasado 14 de marzo, son muchas las personas con mascotas a su cargo que viven situaciones de ansiedad provocadas fundamentalmente por el confinamiento.

 

El Real Decreto 463/2020 permite pasear a los perros para que hagan sus necesidades fisiológicas, en una distancia cercana a la vivienda, pero dicha práctica debe ir acompañada de una correcta higiene del lugar donde las mascotas realizan sus deposiciones. La relajación en esta medida está provocando que muchos solares y espacios públicos de Punta Mujeres, especialmente, se encuentren en una situación bastante lamentable debido a la proliferación de pulgas.

 

El Consistorio tiene el deber de proteger a los animales de acuerdo a las normas y principios constitucionales vigentes, sin perjuicio de velar por la seguridad de las personas y sus bienes.

 

La ordenanza municipal tiene por objeto establecer la normativa reguladora de protección y tenencia de animales de compañía, los utilizados con fines lucrativos, deportivos y de recreo, así como su venta, con la finalidad de establecer las debidas condiciones de salubridad y seguridad para el entorno, la protección de las especies y la armónica convivencia entre los habitantes y los animales domésticos.

 

En líneas generales, desde la Corporación municipal se recuerda que está prohibida la entrada de animales en los parques infantiles, jardines para niños, solares de propiedad privada y pública.

 

Asimismo, tampoco está permitido que los animales realicen sus deyecciones o deposiciones sobre las aceras, solares, zonas verdes, zonas terrosas, zonas ajardinadas o zonas de la vía publica destinadas al paso, debiendo ser recogidas por la persona que conduzca el animal. Su incumplimiento podrá ser motivo de denuncia y apertura del correspondiente expediente sancionador por parte de los agentes de la autoridad municipal.

 

También está prohibido que los animales orinen en la acera y contra la fachada de inmuebles, mobiliario urbano o vehículos. Si eso fuese inevitable se deberá llevar al animal junto al bordillo de la calzada o lo más próximo al sumidero de la red de alcantarillado. La persona que lo conduce deberá llevar siempre líquidos autorizados para aclarar la orina.

 

Para una mayor seguridad, los animales deberán circular por la vía pública sujetos con correa y cordón resistente homologados y estar educados para responder a las órdenes verbales de la persona que los conduce.

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